Calificación de invalidez

Pensión de invalidez: proceso y apelaciones

La invalidez previsional es evaluada por las Comisiones Médicas conforme a criterios técnicos y a los antecedentes de cada persona.

Requisitos generales

En el sistema AFP, la persona solicitante debe cumplir las condiciones legales aplicables, entre ellas tener menos de 65 años y que la invalidez no tenga origen en un accidente del trabajo o enfermedad profesional.

Etapas principales

  1. La solicitud se presenta a través de la AFP correspondiente.
  2. La Comisión Médica Regional evalúa los antecedentes médicos y puede solicitar exámenes o informes adicionales.
  3. La Comisión emite un dictamen que determina si existe invalidez y su grado.
  4. El dictamen se notifica a las partes.

¿Se puede apelar?

Sí. La persona afiliada puede reclamar el dictamen de la Comisión Médica Regional ante la Comisión Médica Central. También pueden reclamar la AFP y la compañía de seguros encargada del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia.

Una apelación debe ser fundada. Conviene identificar concretamente qué conclusiones se objetan, qué antecedentes médicos respaldan el reclamo y si existieron informes relevantes que no fueron evaluados. El plazo debe verificarse en la notificación recibida y actuarse oportunamente.

Qué antecedentes pueden ser relevantes

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Fuentes: ChileAtiende: pensión de invalidez AFP, Superintendencia de Pensiones: apelación y procedimiento de reclamo.